Atribuciones del
Instituto Municipal de las Mujeres de Cosalá
I. Elaborar programas de
participación ciudadana que propicien la equidad de género;
II. Instrumentar la
operación en el municipio de programas federales y estatales que contengan
acciones encaminadas a esta materia;
III. Promover la
prestación de servicios del sector público que favorezcan la incorporación de
las mujeres al bienestar y a la actividad productiva;
IV. Impulsar la defensa
de los derechos de las mujeres, por medio de convenios de colaboración con
organismos públicos y privados, nacionales e internacionales para el desarrollo
de proyectos que beneficien a las mujeres;
V. Integrar una base de
datos y Registro, para el seguimiento, control y evaluación de las condiciones
sociales políticas, económicas y culturales de las mujeres en los distintos
ámbitos de la sociedad;
VI. Participar en
reuniones de trabajo, foros, coloquios y eventos, con organismos especializados
sobre los temas de las mujeres, para el intercambio de experiencias e
información;
VII. Promover las
aportaciones de recursos provenientes de dependencias e instituciones públicas
y de organizaciones privadas y sociales interesadas en apoyar el logro de la
equidad y género;
VIII. Capacitar,
asesorar, orientar y apoyar a las mujeres del municipio para mejorar su
condición social en un marco de equidad y lograr su integración con una
participación total y efectiva en todos los órdenes;
IX. Promover, proteger,
informar y difundir los derechos de las mujeres consagrados en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás ordenamientos legales, como lo
son los derechos en materia de educación, salud, trabajo, participación politice,
medios de comunicación, medio ambiente, etc., así como dar orientación sobre
las políticas y programas que existen en relación con la igualdad de derechos
entre varones y mujeres;
X. Promover, establecer,
dar seguimiento y evaluar los programas del gobierno municipal a favor de las
mujeres, mediante la participación de la sociedad y, en particular, de las
propias mujeres;
XI. Expedir el Reglamento
Interior del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta Directiva; y,
Las demás que le atribuyan
el Reglamento Interior y demás disposiciones aplicables.